Constitución Política de Colombia Constitución Política de Colombia

Artículo 9

Artículo 9o. Las relaciones exteriores del Estado se fundamentan en la soberanía nacional, en el respeto a la autodeterminación de los pueblos y en el reconocimiento de los principios del derecho internacional aceptados por Colombia. De igual manera, la política exterior de Colombia se orientará hacia la integración latinoamericana y del Caribe.

Imprimir el Artículo 9 del Capítulo 0 del Título 1

Imprimir ya Agregar a la cola de impresion

Imprimir

Contacto -